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Ley protectora a consumidores entra en vigor en Nicaragua

Managua, 9 feb (Prensa Latina) La reforma a la ley de protección de los derechos de los consumidores entró en vigor hoy en Nicaragua, con su publicación en La Gaceta Diario Oficial.

A partir de ahora el Estado también es un gran consumidor, resalta entre los cambios añadidos a la legislación por la Asamblea Nacional (parlamento) que la aprobó en sesión plenaria el pasado día 3.

Denominada de manera oficial Ley de Reformas y Adición a la Ley 842, Ley de Protección a los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias, la nueva norma jurídica entiende por servicios básicos todos aquellos prestados por empresas públicas, privadas o mixtas.

Se refieren a prestaciones de agua potable y alcantarillado sanitario; energía eléctrica y alumbrado público; telefonía básica y celular; correo, internet y televisión por suscripción.

También define que los servicios financieros son los depósitos, préstamos, créditos, tarjetas de crédito y de débito, transferencias, remesas familiares, compra y venta o cambio de monedas, seguros, operaciones bursátiles, entre otros.

La reforma al cuerpo legal establece que además de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, al Banco Central de Nicaragua le corresponde también la condición de gente regulador del sistema financiero nacional.

Durante los debates, el diputado sandinista Wálmaro Gutiérrez, presidente de la Comisión de Producción, rechazó que existieran en el país instituciones financieras con patente de corso para decidir al margen de la Constitución, del debido proceso y de la presunción de inocencia, ‘quién vive y quién muere en materia financiera’.

Lo anterior es una clara referencia a las medidas adoptadas por la banca que afectan los intereses de personas e instituciones víctimas de sanciones unilaterales por parte de gobiernos extranjeros, como los de Estados Unidos y Canadá.

oda/fgn

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