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Rechazado recursos contra resultados de balotaje en Ecuador

Quito, 6 may (Prensa Latina) El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) de Ecuador falló hoy en contra de impugnaciones sobre los resultados del balotaje, presentados por la coalición Unión por la Esperanza (UNES) y el movimiento Fuerza Compromiso Social (FCS).

Los recursos fueron rechazados por los jueces del ente Arturo Cabrera, Patricia Guaicha, Ángel Torres, Joaquín Viteri y Fernando Muñoz.

En concreto, los pedidos de la alianza progresista UNES y de FCS contemplaban la revisión de supuestas inconsistencias numéricas y de firmas en mil 520 actas de escrutinio de la segunda vuelta de elecciones presidenciales, realizadas el pasado 11 de abril.

De acuerdo con el dictamen, el TCE también negó el recurso subjetivo interpuesto por FCS, contra la resolución aprobada por el Consejo Nacional Electoral el 22 de abril último, sobre el reconteo de las actas con presuntas incongruencias.

Tampoco procedió la demanda de la secretaria ejecutiva de ese movimiento político, Victoria Desintonio (por delegación del presidente de la referida alianza, Andrés Araúz), de declarar la nulidad de las votaciones, por encontrar cuatro mil 63 actas carentes de firmas, según su control electoral.

En ese caso el proceso fue inadmitido por falta de legitimación activa, con el argumento de que la demandante y su organización son parte de la alianza UNES, por lo cual no está facultada para interponer recursos.

UNES y su binomio presidencial (Andrés Arauz-Carlos Rabascall) terminaron en primer lugar en la primera vuelta de los comicios generales, el 7 de febrero de 2021, y pasaron al balotaje del 11 de abril junto a la dupla de la alianza de centro-derecha CREO-Partido Social Cristiano, formada por Guillermo Lasso y Alfredo Borrero, vencedora en la segunda fase.

Con el fallo de última instancia del TCE, el Consejo Nacional Electoral podrá proclamar resultados oficiales y pasar a entregar las credenciales a Lasso y Borrero, quienes deben ser posesionados ante el Parlamento el venidero 24 de mayo por un período de cuatro años.

jf/scm

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