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Concluye Justicia de Puerto Rico investigación contra exgobernante

San Juan, 2 sep (Prensa Latina) El Ministerio de Justicia de Puerto Rico concluyó hoy que no hay evidencia para procesar al exgobernador Ricardo Rosselló y a su esposa por someter información falsa al solicitar voto ausente.

La decisión del organismo, dirigida al parecer a proteger la accidentada carrera política de Rosselló Nevares, causó gran sorpresa porque junto a su esposa Beatriz Areizaga García sometió más de una declaración jurada para burlar la ley.

Los fiscales designados para investigar el referido del Ministerio de Justicia concluyeron que no es posible probar que el matrimonio sometió información falsa en su solicitud de voto ausente en la elección especial del 16 de mayo de 2021 para escoger a seis delegados anexionistas al Congreso de Estados Unidos.

Según los representantes del Ministerio Público Gretchen Camacho Rossy y Rufino Jiménez Cardona, la pareja no está domiciliada en Puerto Rico para efectos electorales, según definidos en el Código Electoral de 2020.

Rosselló, expulsado de la gobernación de Puerto Rico en el verano de 2019 tras varios días de masivas protestas por la corrupción en su administración y la burla de su grupo más íntimo contra la población, obtuvo una representación por nominación directa.

Las elecciones de los delegados del anexionista Partido Nuevo Progresista (PNP) abrió la investigación contra el exmandatario porque no cumplió con requisitos fundamentales, como residir en Puerto Rico o en Washington, D.C.

El comisionado electoral del conservador Proyecto Dignidad, Nelson Rosario, presentó un recurso en el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, que falló en contra de Rosselló, pero al ser recurrido el Tribunal de Apelaciones lo revocó.

Entre otras alegaciones, el matrimonio Rosselló Nevares presentó como su residencia en Puerto Rico declaraciones juradas donde reclamaban residir en direcciones falsas, incluso en una residencia que habían vendido hacía varios años.

Aun cuando no existe dudas de que la divulgación de un presunto domicilio en las solicitudes de voto ausente no es cierta ni correcta, Justicia se ve impedido de someter cargos por violación al Código Electoral, pues la prueba recopilada no cumple con el estándar de evidencia requerido para los casos criminales.

En sus conclusiones, los fiscales evitaron implicar al matrimonio en procedimientos ilegales, ya que esto, a juicio de entendidos en la materia, hubiera forzado la exclusión de Rosselló Nevares de los denominados cabilderos por la ‘estadidad’ (anexión) y su inhabilitación futura para aspirar a cargos electivos en Puerto Rico.

oda/nrm

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