Según la resolución difundida en el Boletín Oficial, es deber del Gobierno Nacional garantizar los derechos esenciales del pueblo y su goce efectivo.
Por ello, agrega, resulta un interés prioritario asegurar el acceso sin restricciones a los bienes básicos, especialmente a aquellos tendientes a la protección de la salud, alimentación e higiene individual y colectivo.
Tras la falta de acuerdos con las empresas alimenticias, el Ejecutivo fijó valores máximos para todos los productores, comercializadores y distribuidores de productos de consumo masivo.
Asimismo, requirió a las empresas que forman parte integrante de la cadena de los productos incluidos en la lista a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada.
La medida establece hasta el 7 de enero de 2022 la fijación de precios de los casi mil 500 artículos, que incluye tanto primeras marcas como productos de pequeñas y medianas empresas.
Por otra parte, garantiza que en las 23 provincias y en la capital, la canasta contendrá necesariamente productos de almacén, limpieza e higiene y cuidado personal.
En los considerandos, la resolución precisa que en el último tránsito de la Covid-19, coincidente con un fuerte proceso de recuperación económica, se han advertido y verificado aumentos generalizados en el precio.
Resultan irrazonables y no se corresponden con las variaciones recientes de las estructuras de costos de producción, señala el documento.
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