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Cuba aprueba nuevas suspensiones del pago de impuesto aduanero

La Habana, 24 mar (Prensa Latina) Cuba implementará siete nuevas normas vinculadas a la suspensión del pago de impuestos aduanero tanto para los pasajeros o personas naturales y empresas, informaron hoy directivos de la Aduana General y otros sectores.

Se trata de regímenes que estimulan la exportación y la inserción internacional de todos los actores económicos del país, el principal cambio es que puedan optarse también por las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) autorizadas recientmente a realizar comercio exterior, explicó el viceprimer ministro de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro.

Al intervenir en el espacio Mesa Redonda significó que entre las regulaciones y facilidades está la cancelación o devolución del pago de aranceles cuando la mercancía importada (materias primas e insumos), tanto por entidades estatales como formas no estatales de gestión, esté destinada a la producción de renglones exportables y que generen ingresos de divisas al país.

Otro cambio es el aprovechamiento del proceso de informatización de los trámites de aduana como el registro de facturas, operaciones y declaraciones, lo que agiliza y evita la solicitud de informaciones que ya estarían a disposición de la autoridad que evaluaría la procedencia o no de estas facilidades.

El Banco Central (BCC) también implementará nuevas normas como elevar de dos mil a cinco mil pesos cubanos el monto autorizado de dinero en efectivo a la entrada y salida del país, un mecanismo de regulación aplicado a nivel internacional para controlar el tráfico de divisas y proteger a la moneda nacional de cada país.

La secretaria del BCC Yamila Martínez explicó que en el caso de la importación y exportación libre el límite establecido también es de cinco mil en moneda libremente convertible o divisa extranjera, lo cual debe ser declarado a través de un formulario por el propio pasajero.

Insistió en que estas son medidas adoptadas en frontera a la entrada y salida de dinero en efectivo, en cumplimiento de estándares internacionales y convenciones de las cuales Cuba es signataria, con el interés de prevenir y enfrentar el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo, y proteger la moneda nacional.

Rebasados esos límites, está vigente una norma que establece un permiso del BCC, el cual es bastante expedito, al tener siete días para dar respuesta a la solicitud de exportación monetaria con la debida comprobación de que los fondos son lícitos.

acl/crc

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