“No se ha cumplido con los procedimientos legales correspondientes, ustedes saben muy bien que esta situación está en los estrados correspondientes del Tribunal Agroambiental”, afirmó González ante los medios de comunicación del departamento de Santa Cruz.
Recordó que Marinkovic apeló, pero sus reclamos “vienen cayendo por su peso, porque cuando no se cumplen los procedimientos establecidos por la ley, esas tierras tienen que volver al Estado”.
Según la autoridad, suman unas 300 mil hectáreas de Santa Cruz las usurpadas por el exintegrante del gobierno de facto de Jeanine Áñez y otros terratenientes con procedimientos acelerados y sin cumplir las normas.
A finales de marzo pasado, el ejecutivo del Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq) Martin Chacollo informó a la prensa que esa organización establecería una querella.
Insistió en que Marinkovic y otros individuos vinculados al golpe de Estado de noviembre de 2019 contra el entonces presidente Evo Morales aprovecharon la fractura del orden constitucional para adueñarse de esa extensión de terreno.
La Conamaq advirtió que exigiría un seguimiento de este proceso.
A finales de octubre de 2020, pocos días antes de la conclusión del gobierno de facto, el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) emitió el Título Ejecutorial Individual MPENAL 0006124 a favor de la familia Marinkovic.
Esa decisión se realizó bajo la representatividad legal de la Empresa Agropecuaria Laguna Corazón.
Sin embargo, tras el triunfo electoral del Movimiento al Socialismo y el rescate de la democracia, con Luis Arce como presidente del país a partir de noviembre de 2020, el director ejecutivo de la Fundación Tierra, Gonzalo Colque, alertó sobre ese fraude.
De acuerdo con documentos hallados y publicados por Colque, la prueba indiscutible del tráfico de los terrenos es que, originalmente, los Marinkovic pedían la titulación de 21 mil 838 hectáreas, y el INRA les confirió esa misma extensión.
Fundada hace 24 años, la Conamaq presentó un proyecto de modificación a la Ley de Deslinde Jurisdiccional, con el objetivo de lograr la igualdad jerárquica entre la jurisdicción indígena originario campesina y las otras, como establece el artículo 179 de la Constitución Política del Estado Plurinacional.
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