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Costa Rica levantó restricciones a importación de aguacate mexicano

San José, 18 may (Prensa Latina) El presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves, anunció hoy el levantamiento de las restricciones a la importación del aguacate hass, de México, en cumplimiento de un reciente fallo de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

En conferencia de prensa en Casa Presidencial tras el Consejo de Gobierno, Chaves precisó que Costa Rica respeta sus obligaciones internacionales y agregó que con el levantamiento de esas restricciones busca defender al país de posibles sanciones económicas y demandas millonarias.

En 2015 Costa Rica decidió de manera unilateral prohibir la importación del aguacate mexicano de la variedad hass, al afirmar que con su entrada podría ingresar una plaga llamada Sunblotch Viroid (mancha de sol).

En abril pasado la OMC publicó el informe final del panel de expertos que examinó el caso planteado por México en marzo de 2017, al amparo del Entendimiento de Solución de Diferencias del ente internacional.

A raíz de las medidas establecidas por Costa Rica a la importación de aguacate proveniente de países con presencia de la plaga Avocado Sunblotch Viroid, un panel examinó la controversia planteada, el cual estuvo compuesto por tres miembros imparciales, expertos en derecho de la OMC y materia fitosanitaria.

Tras varios intercambios de escritos, audiencias con las partes y con especialistas en la materia, los expertos concluyeron en primer término que las medidas tomadas por Costa Rica tienen por objeto proteger al país del sunblotch.

En segundo lugar, refieren que por tratarse de un objetivo legítimo (protección fitosanitaria), las medidas no representan un mayor grado de restricción al comercio del requerido para lograr este objetivo, y alcanzan un nivel adecuado de protección fitosanitaria.

Sin embargo, plantea el tercer punto del informe del panel, Costa Rica debe modificar las medidas establecidas por aspectos relacionados con el análisis de riesgo de plagas y los procesos de vigilancia y verificación de plagas, al concluir que es insuficiente la fundamentación científica.

Asimismo, considera que las decisiones en cuestión discriminan al producto importado, toda vez que establecen condiciones diferentes para el aguacate nacional, estableciéndose una restricción encubierta al comercio internacional.

Finalmente, recomienda a Costa Rica establecer medidas que sean consistentes con sus obligaciones en el marco multilateral de comercio.

car/ale

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