Según el Ministerio Público, el acusado omitió de manera dolosa declarar en cuatro ocasiones su participación como director y dueño del capital accionario de una empresa ubicada en el extranjero, de ahí los cuatro delitos por falsedad ideológica y la sanción impuesta, la cual no cumplirá tras las rejas, gracias al beneficio de ejecución condicional.
Lo anterior le fue otorgado por el Tribunal Penal de Hacienda y la Función Pública, que lo podría revocar en caso de cometer algún nuevo delito.
Ese Tribunal le impuso seis meses de prisión por cada delito, sin embargo, debido a las reglas del concurso material, la pena se readecua a un año y seis meses. Además le impuso la sanción adicional de quedar inhabilitado para ejercer cargos públicos por el mismo lapso de tiempo.
De acuerdo con la Fiscalía, a partir del 1 de mayo de 2014, cuando Guevara asumió como diputado, estaba obligado a presentar una declaración jurada de la totalidad de su patrimonio al comienzo de sus funciones.
También, una declaración anual ante la Contraloría General de la República (CGR), de conformidad con los términos establecidos en los artículos 21-36 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.
La Fiscalía aportó las pruebas que en las cuatro declaraciones presentadas cada mes de mayo por el imputado (Guevara) ante la CGR no indicó la existencia de la empresa, con lo que habría suministrado información falsa.
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