La proposición del presidente de la asamblea, Rodrigo Pacheco, contó con una amplia movilización de sectores ultraconservadores y bolsonaristas (adeptos del exmandatario Jair Bolsonaro).
El marcador final en la CCJ quedó 23 votos favorables y cuatro contrarios. Estos últimos basaron su parecer en la ausencia de argumentos científicos o sociales sobre el tema.
Además, el texto, según ellos, puede servir como un instrumento aún más fuerte de permanencia de desigualdades.
La PEC ahora necesita pasar por dos turnos de votación en el plenario de las dos cámaras legislativas. Aprobada, pasará por sanción presidencial.
Tal materia tiene origen en un conflicto entre el Senado y el Supremo Tribunal Federal (STF).
En la práctica, el artículo 28 de la ley de drogas ya despenaliza al usuario. Sin embargo, como no hay previsión legal de la cantidad, esa distinción acaba quedando a discreción de la policía que, frecuentemente, absuelve a los más ricos y criminaliza a los más pobres, incluso con la misma cantidad de estupefacientes encontrada.
La cuestión del porte de drogas también está siendo analizada en el STF. Esta semana, la corte reanudó y después suspendió el juicio que discute si el porte para consumo propio debe o no ser considerado crimen.
El caso comenzó a ser juzgado en 2015, pero acabó siendo paralizado después de un pedido de vista del ministro Teori Zavascki, quien murió en un accidente aéreo dos años después.
Con lo anterior, el ministro Alexandre de Moraes, del STF, heredó el proceso y liberó el expediente para análisis en noviembre de 2018.
El ministro Antonio Días Toffoli, del STF, pidió el 6 de febrero vista (más tiempo para el análisis) sobre un recurso extraordinario que se ocupa de la definición de la cantidad de drogas para el porte y consumo personal.
Todavía no hay fecha para que el tema sea retomado por el Supremo. Hasta el momento, el marcador está cinco a tres para despenalizar el porte solo de la marihuana para consumo propio.
La ley de drogas (11.343 de 2006) determina el castigo con medidas educativas y la prestación de servicios a la comunidad para quienes adquieran, guarden y transporten marihuana y otras sustancias «para consumo personal».
En el marcador del STF, los cinco votos son para declarar inconstitucional la criminalización del porte de marihuana para el uso personal.
Los otros tres votos de los ministros consideran válida la regla de la ley de drogas.
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