martes 30 de abril de 2024
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Juzgan en Brasil contrato a familiares de autoridad a cargo político

Brasilia, 17 abr (Prensa Latina) El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil comenzará a analizar hoy la validez de la contratación de parientes de autoridades a cargos políticos en la administración pública.

El juicio resulta de un recurso sobre una ley del municipio de Tupã, en el interior de Sao Paulo, creada para instalar a la hija de un exalcalde en una secretaría municipal.

Confirmada por el entonces regidor Manoel Gaspar en 2013, la disposición permite que familiares del administrador municipal puedan ser nombrados para el mando de secretarías en distritos.

En la época, la norma favorecía a Maria Elisa Gaspar, hija del alcalde, permitiendo que ella asumiera la Secretaría de Gobierno de Tupã.

Antes de este hecho, la legislación municipal dejaba explícita la prohibición de nombrar parientes de hasta tercer grado del funcionario para secretarías.

Manuel Gaspar falleció en 2021 y actualmente su descendiente es directora de mercadeo de una empresa que comercializa derivados del petróleo.

Luego de la sanción de la ley, el Ministerio Público de Sao Paulo contestó la nueva norma en el Tribunal de Justicia del estado (TJ-SP).

De acuerdo con el órgano, la contratación de familiares para secretarías incumple orientaciones del Supremo Tribunal Federal (STF).

Publicado en 2008, la ley establece que el nombramiento de familiares hasta tercer grado para cargos de comisión o confianza y funciones gratificadas en la administración pública viola la Constitución federal.

Inicialmente, el TJ-SP invalidó la norma, al considerar que la contratación de parientes, incluso en puestos políticos, puede configurar nepotismo.

Para el colegiado, la ley de Tupã fue una «flexibilización casuística», incapaz de legitimar el nombramiento para determinados cargos de la administración pública.

El municipio sostuvo que la legislación solo sintetiza el entendimiento del Supremo sobre el tema.

La corte del estado extinguió la acción, alegando la imposibilidad jurídica de la solicitud hecha por la Fiscalía.

El TJ-SP entendió que el laudo del STF impide la práctica de nepotismo, pero no presenta veto sobre el nombramiento de pariente de autoridades para cargos de naturaleza política.

La Fiscalía recurrió la decisión, argumentando que la legislación municipal deja margen para la práctica del nepotismo.

En 2018, el Supremo reconoció que el caso tiene una repercusión general. Es decir, el entendimiento se aplicará a los procesos similares para evitar decisiones divergentes en la Justicia.

Corresponderá a los 11 ministros del STF definir si el nombramiento de parientes para cargos políticos lesiona o no la Carta Magna.

jha/ocs

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