El fallo de la llamada Sala IV ante un recurso de amparo presentado contra la Municipalidad de San Rafael, provincia de Heredia, coincidió con el reclamo de otros vecinos contra la muerte de varios de esos animales que habitan esas plantas, añade el periódico.
La instancia judicial, en línea con la política nacional de protección de la flora, decretó la suspensión del corte de esos árboles, ordenada por el Juzgado Agrario del I Circuito Judicial de Alajuela.
“Nadie responde por la muerte de perezosos en Heredia. Yacen en las calles de El Tirol, sin hogar y algunos muertos al abandonar las ramas”, lamentaron los vecinos en una declaración anterior a la orden de la Sala IV.
“Los animales –añadía la protesta- no solo pierden su hogar en los árboles, sino que, en un intento desesperado por mantenerse en las alturas, recurren a postes y cables del tendido eléctrico, donde sufren graves lesiones e incluso la muerte”.
La directora regional del Área de Conservación Central del Ministerio de Ambiente y Energía), Meryll Arias, culpó de estos hechos a la Municipalidad, a la que toca “el mantenimiento y gestión de los árboles en derecho de vía, incluyendo su eventual corte”.
Álvaro Sagot, especialista en derecho ambiental y docente de la Universidad de Costa Rica (UCR), opinó que la Ley de Conservación de la Vida Silvestre está más enfocada en la cacería y tenencia ilegal de animales que en la protección de la flora.
Ronald Sánchez, biólogo de la UCR, aseguró que los cipreses, a pesar de ser una especie exótica, con el tiempo generaron un ecosistema propio, utilizado por diversas especies de fauna.
“Los cipreses –subraya el experto- fueron parte del entorno durante muchos años, al que se adaptaron los perezosos. Pero, además el bosque está cerca del Parque Nacional Braulio Carrillo, por lo que actúa como una ruta para la biodiversidad de la región.
Respecto a la prohibición de la Sala IV, respondió a un recurso de un vecino que rechazaba la tala del bosque por un grupo de personas movilizadas, convocados por alguien que alegó que los cipreses afectaban su forma vida, por razones de colindancia con su propiedad.
El recurso en protección de los árboles fue interpuesto por un residente, bajo el argumento de que la tala masiva atenta contra el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, garantizado por el artículo 50 de la Constitución Política.
La persona demandante denunció que la municipalidad aplicó con anterioridad la eliminación de los árboles, sin respaldo de una explicación técnica ni cumplir con los procedimientos legales correspondientes.
El dictamen del ente constitucionalista, que busca en especial proteger a 65 plantas de alto valor ecológico, respondió también a que una parte de la población vecina se movilizó y expresó su oposición ciudadana en defensa del bosque urbano.
La planta conocida como ciprés, originaria de Oriente Medio y el Mediterráneo, da frutos conocidos como nueces, gustados por el perezoso, aunque como es un árbol usado como ornamento en cementerios y jardines, también lo llaman “árbol de la muerte”.
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