Un nuevo reglamento de «Responsabilidad Extendida del Productor» establece que los importadores, fabricantes, vendedores y comercializadores «son los encargados de la vida posindustrial y posconsumo de residuos calificados como prioritarios», tales como aceites, lubricantes, pilas, baterías, envases plásticos, embalaje, y aparatos eléctricos.
El experto en Derecho Público Jorge Herasme, quien también es asesor del ministro de Medio Ambiente, Paíno Henríquez, recalcó que el Decreto del Poder Ejecutivo 253-23 establece claramente que fabricantes, comerciantes y consumidores deben actuar con responsabilidad respecto al manejo de estos productos, bajo la premisa de que “el que contamina paga”.
Precisó que estas personas deben garantizar su recolección y transportación al área de almacenamiento y su tratamiento.
En relación con los aparatos eléctricos y electrónicos, Herasme explicó que “es un deber de las empresas dar seguimiento a sus residuos” y exhortó al empresariado a realizar campañas motivacionales y establecer incentivos para que las personas trasladen los que pueden ser reutilizados a los centros de acopio creados para estos fines.
El 29 de abril último el ministro anunció la apertura de la consulta pública del reglamento de aplicación de la ley, la cual se extenderá hasta el 3 de julio para que los sectores interesados puedan expresar su opinión y aporten sus conocimientos sobre la materia.
Se espera que la normativa final consolide una base para la ejecución efectiva de la «Responsabilidad Extendida del Productor» en el país, contribuyendo a la transición hacia una economía circular y a la mejora de la calidad ambiental en todo el territorio nacional.
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