De acuerdo con un comunicado de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), la medida, en vigor desde el pasado 6 de agosto, exige a ese tipo de embarcaciones con bandera panameña y un arqueo bruto igual o superior a 150 toneladas, notifiquen con al menos 48 horas de antelación los detalles técnicos y logísticos de cada operación.
El reporte obligatorio debe incluir los nombres e identificaciones de los buques involucrados, tipo y cantidad de hidrocarburos, modalidad de la maniobra (al ancla o en marcha), localización geográfica precisa, duración estimada y la confirmación del plan, entre otros datos, según el informe.
El incumplimiento de esta disposición, dependiendo de su gravedad, podría derivar en la cancelación del registro del buque, agregó la AMP.
Esta regulación responde al aumento de actividades ilícitas como el transporte encubierto de crudo, evasión de sanciones internacionales y maniobras sin control ambiental, prácticas muchas veces vinculadas a la llamada “flota fantasma”.
Con esa acción, Panamá refuerza su compromiso con la transparencia, la seguridad marítima y la protección del medio marino, alineándose con las directrices de la Organización Marítima Internacional (OMI).
La AMP subrayó además que esta política fortalece la posición del país como Estado de abanderamiento responsable y líder global en regulación marítima.
Asimismo, aumenta la confianza internacional en su registro naval, uno de los más grandes y prestigiosos del mundo, y contribuye al combate del uso indebido de las banderas de conveniencia.
Panamá acumula el registro de ocho mil 824 naves abanderadas, y según el subadministrador de la AMP, Alexander De Gracia, tienen como meta registrar 28 embarcaciones de nueva construcción cada mes.
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