Vietnam modifica reglas sobre importación y exportación de oro

Hanoi, 27 ago (Prensa Latina) Vietnam cuenta hoy con nuevas regulaciones sobre la importación y exportación de oro, a tenor con un decreto gubernamental emitido este martes y relacionado la gestión de las actividades de comercio del precioso metal.

Las flamantes reglas modifican y complementan una serie de artículos de otro dictamen promulgado en 2012, lo cual –según el diario electrónico gubernamental – “es coherente con la eliminación del monopolio estatal en la exportación e importación de oro en bruto para la producción de lingotes de oro”.

Entre las nuevas regulaciones figuran la concesión, por parte del Banco Estatal de Vietnam (BEV), de límites anuales y licencias para cada exportación e importación de lingotes de oro y de oro en bruto a las empresas y bancos comerciales autorizados, con base en los objetivos de la política monetaria y la oferta y demanda en cada período.

Se estipula, además, que las actividades de exportación e importación de oro en bruto del BEV están exentas de impuestos de exportación e importación, de acuerdo con la decisión del Primer Ministro.

Las empresas comercializadoras del preciado metal con contratos para el procesamiento de joyas y objetos de arte de oro con países extranjeros serán consideradas por el BEV para la concesión de una licencia de importación temporal de oro en bruto para la reexportación de productos, siempre que cumplan determinadas condiciones.

El Banco Estatal de Vietnam también considerará anualmente la concesión de licencias para la importación de oro en bruto a empresas con inversión extranjera, en función de su capacidad de producción y de los informes sobre la exportación de joyas y obras de arte de oro del año anterior (si los hubiere).

En cuanto a las empresas que inviertan en el extranjero en este sector y deseen importar oro extraído allí, éstas serán consideradas por el BEV para la concesión de una licencia de importación de oro en bruto, siempre que cumplan las condiciones establecidas.

Respecto a la exportación e importación de oro en bruto en forma de polvo, solución, escamas de soldadura, sal de oro y productos semi terminados de joyería de oro, precisa que éstas se realizarán de conformidad con el Certificado de Registro Comercial.

Mientras, con relación a las responsabilidades de las empresas y bancos comerciales a los que se les otorguen licencias puntualiza que sólo se permitirá la importación de lingotes de oro y oro en bruto con un contenido de 99,5 por ciento o más.

El decreto indica asimismo elaborar reglamentos internos sobre la venta de oro en bruto para garantizar la publicidad y transparencia, anunciar públicamente la información al respecto, así como los derechos y obligaciones de los clientes, y almacenar de forma completa y precisa los datos sobre todas estas operaciones.

mpm

MINUTO A MINUTO
relacionadas
EDICIONES PRENSA LATINA
Copy link