“Como hemos reiterado, cualquier determinación que limite o elimine el relevo de responsabilidad afectaría los mecanismos contractuales establecidos para proteger tanto a la operación del sistema como a los clientes, lo que podría traducirse en un impacto económico negativo en las facturas de los consumidores”, estableció una nota de la gerencia de la empresa.
Esto luego de la decisión de la jueza federal Laura Taylor Swain, del Tribunal de Distrito, que denegó la solicitud de la privatizadora canadiense-estadounidense para impedir al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) demandarla ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico. “Estamos revisando la determinación del tribunal federal de quiebra para evaluar nuestras opciones legales”, argumentó la empresa debido a que el DACO impugna la cláusula de inmunidad incluida en el contrato con la estatal Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), al sostener que exime a la empresa de responder por daños a equipos y enseres de los abonados.
LUMA expuso que continuará “colaborando con las autoridades y defendiendo los intereses de los clientes y del sistema eléctrico de Puerto Rico, con el fin de asegurar la estabilidad, la inversión y la transformación de la red (eléctrica)”. El Tribunal de Distrito de Estados Unidos en Puerto Rico determinó que el pleito del DACO no está sujeto a la paralización automática bajo el proceso de quiebra de la AEE, al concluir que se trata de poderes regulatorios y de protección pública del gobierno puertorriqueño.
La jueza federal Taylor Swain denegó en la víspera una moción urgente con la que LUMA Energy buscaba detener una acción legal presentada por DACO ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
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