Al igual que en los tres juicios anteriores, el presidente del primer panel, Flávio Dino, y los magistrados Carmen Lúcia Antunes y Cristiano Zanin sucedieron al relator, Alexandre de Moraes.
Dado que el juez Luiz Fux pasó a la segunda sala, esta permanecerá con solo cuatro hasta que el Senado apruebe la nominación del Procurador General de la Unión, Jorge Messias.
Los cuatro votaron a favor de condenar al exdirector general de la Policía Federal de Carreteras Silvinei Vasques, a los exasesores del expresidente Jair Bolsonaro: Filipe Martins y Marcelo Costa Câmara.
También al exsecretario ejecutivo de la Secretaría General de la Presidencia Mário Fernandes y a la exdirectora del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública Marília Ferreira de Alencar.
El fiscal general Paulo Gonet clasificó al grupo como un «núcleo de inteligencia» del intento de golpe de Estado.
Imputa a los seis acusados, quienes, según él, ocupaban «cargos profesionales relevantes» en ese momento, de dirigir las «acciones elaboradas por la organización criminal armada» liderada por Bolsonaro.
A diferencia de los otros cuatro, Ferreira de Alencar fue condenada únicamente por intento de abolición violenta del Estado Democrático de Derecho y organización criminal armada.
La primera sala desestimó los otros tres cargos presentados por la Fiscalía contra la exdirectora: golpe de Estado, daños agravados a bienes federales y deterioro de bienes federales.
También por unanimidad, el primer panel absolvió al exdirector de Operaciones del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública Fernando de Sousa Oliveira, acusado de colaborar en la elaboración de informes de inteligencia para apoyar los bloqueos de acceso a las urnas por parte de la Policía Federal de Carreteras en la segunda vuelta del sufragio de 2022.
Según De Moraes, las pruebas son insuficientes para condenar a De Sousa Oliveira.
«De hecho, no solo lo afirma en su interrogatorio, sino que los testigos también declararon que no tuvo contacto con los boletines de inteligencia (para bloquear las vías de acceso), que no los solicitó y que estos no le llegaron», señaló.
Antes de que Dino se retractara, Zanin consideró que la prevaricación presupone naturalezas que, enfatizó, son subjetivas.
«Elementos que quizás no fueron abordados ni debatidos o que la propia defensa no tuvo la oportunidad de hablar y debatir durante la investigación sobre el acto oficial (de prevaricación) y los elementos subjetivos», observó.
Hasta la fecha, el STF condenó a 29 personas por la conspiración golpista.
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