Son agrupaciones que integran el Observatorio Luz Ibarburu, entre ellas Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos, Crysol (de ex presos políticos), Memoria en Libertad y la central sindical PIT-CNT.
La víspera, el senador Pedro Bordaerry (Partido Colorado) y el diputado Rodrigo Goñi (Partido Nacional) presentaron formalmente iniciativas al respecto.
Bordaberry propuso además de crear una “Comisión Nacional por la Reconciliación y el Nunca Más” bajo la órbita de Presidencia.
Plantea la excarcelación de “toda persona condenada por hechos ocurridos hasta el 1° de marzo de 1985” que supere los 75 años de edad.
Sería mediante una solicitud ante la Justicia en la cual se “acredite la edad y la situación de salud que justifique la medida”.
El proyecto de Goñi, en tanto, dispone la prisión domiciliaria preceptiva -sin intervención judicial- a partir de los 70 años de edad.
La directora del Observatorio Luz Ibarburu -especializado en el seguimiento de las causas judiciales vinculadas a la dictadura-, Fernanda Aguirre, anunció en conferencia de prensa la “oposición absoluta” por parte de las organizaciones sociales a la prisión domiciliaria para los represores.
Dijo que ambas propuestas forman parte de “una embestida revisionista que niega los gravísimos delitos de lesa humanidad”.
“Es absolutamente insultante pedirle a una madre que no le han devuelto a sus hijos, pedirle a una persona que la abusaron sexualmente, pedirle a una persona que le robaron su identidad, que se reconcilie con los victimarios”, afirmó Aguirre.
Por su parte, Pablo Chargoñia, abogado defensor de víctimas del terrorismo de Estado, dijo que, “desde el punto de vista jurídico, estos proyectos de ley violentan el deber internacional que tiene el Estado uruguayo de promover y proteger los derechos humanos”.
Afirmó que “aproximadamente la mitad de los imputados, procesados o condenados” por crímenes cometidos en la dictadura ya están en prisión domiciliaria.
Explicó que la normativa vigente prevé que, “en caso de enfermedad incompatible con la permanencia en un establecimiento penitenciario, el juez de ejecución, de acuerdo a certificados médicos del Poder Judicial”, puede disponer la excarcelación.
Las condiciones de reclusión de los represores que cumplen su condena en la cárcel de Domingo Arena son “absolutamente diferentes a las del resto de las personas privadas de libertad”, apuntó, y comparó ese penal con un hogar de retiro.
El abogado opinó que las iniciativas fueron presentadas “en ocasión de una lamentable gestión del presidente de la República y la ministra de Defensa Nacional, también en aparente beneficio de los alojados en estas prisiones, que también debe ser rechazado”.
Fue en referencia a la reunión que mantuvo el presidente Yamandú Orsi con el presidente de la Suprema Corte de Justicia, John Pérez, por la situación de los represores en en la prisión de Domingo Arena.
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