Esa instancia emitió un veredicto sobre la muerte de un oficial en 2003, señalando que hay responsabilidad institucional, aún si fuera un suicidio, en el cual se debe investigar si hubo falta de preparación, de evaluación psiquiátrica, hostigamiento de superiores, entre otras posibles causas.
Cuando muere un soldado en un cuartel o prestando un servicio, existe responsabilidad penal. Incumplimiento de los deberes de funcionario público de los jefes, por haberle asignado una misión que no estaba en condiciones de cumplir, como mínimo, se desprende del fallo, señala el diario Página12.
Pero también puede haber abandono de persona porque implicó una negligencia al no haberse hecho los estudios correspondientes, un tratamiento defectuoso de la cuestión psiquiátrica, que es un problema mayúsculo para alguien que hace tareas de vigilancia.
No debe descartarse tampoco el homicidio culposo y hasta el homicidio agravado. Estos conceptos fijados por la Cámara de Casación le ponen un marco categórico a lo ocurrido la semana pasada, con la muerte -presuntos suicidios- de tres soldados y un gendarme.
El veredicto frena en seco a quienes intentan calificar las muertes como “un tema personal” o “un drama individual” y no un caso de violencia institucional, lo que implica responsabilidades de quienes hubieran producido la muerte o los jefes que incumplieron con lo imprescindible para que no se produzcan las muertes, advierte Página12.
En el caso de 2003, los jueces entonces pretendieron catalogarlo de “suicidio” y cerrar el caso, pero el Tribunal sostuvo que no se investigó lo suficiente el hostigamiento que pudo haber sufrido el soldado por parte de sus superiores. De hecho, consideró que las explicaciones de la muerte fueron insuficientes.
El fallo encuadra lo ocurrido en la Quinta Presidencial de Olivos el 16 de diciembre. En esa madrugada, todo indica que el joven soldado Rodrigo Gómez se pegó un tiro en la cabeza, también con un fusil FAL, calibre 765, como el joven de 2003, aunque aquel se disparó en el pecho.
De hecho, lo emitido por Casación impone un análisis a la luz de la categoría de violencia institucional, entendida como una afectación de derechos por parte de funcionarios pertenecientes a fuerzas armadas o de seguridad en contextos de restricción de autonomía y/o libertad.
Los últimos tres hechos trágicos están bajo investigación.
mem/mh





