La decisión fue tomada el viernes último por el Tribunal Sexto de Sentencia Anticorrupción de La Paz, el cual dio por concluido el proceso penal contra el exlíder del Comité Cívico pro Santa Cruz (2019) a tenor de que el tiempo legal para continuar el proceso judicial ya concluyó, según se informó.
El veredicto se emitió tras una solicitud de la defensa de extinguir la causa con el argumento de que el expediente llevaba más de cinco años en trámite, más allá del límite establecido por la ley para este tipo de procesos.
Luego de un análisis de la petición, el tribunal la declaró válida y ordenó archivar el expediente.
Sin embargo, en conferencia de prensa este lunes, la máxima autoridad del Ministerio Público, Róger Mariaca, consideró que ese veredicto solo beneficia a Camacho y no a los otros investigados en esta causa, algunos de los cuales, recordó, decidieron someterse a un procedimiento abreviado.
Anunció en tal sentido que también una comisión de fiscales apeló la decisión de la justicia de extinguir el caso.
“Hemos recurrido conforme a la Constitución Política del Estado, la cual nos prevé recurrir una resolución que no es del agrado del Ministerio Público (…). Se ha emitido una apelación de manera inmediata por parte de la comisión de fiscales”, aseguró.
Indicó que ahora una Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) deberá emitir una resolución respecto a la apelación presentada.
El juicio denominado Golpe I comenzó a finales de 2020, tras una denuncia presentada por la exdiputada indígena del Movimiento al Socialismo Lidia Patty, quien en la actualidad se encuentra aprehendida en el penal de Obrajes, en La Paz, investigada por presunta corrupción.
La causa investigó la convulsión social que forzó el 10 de noviembre de 2019 la renuncia del expresidente Evo Morales, luego de ser conminado por los mandos policiales y militares, y dio paso a un gobierno encabezado por Jeanine Áñez (2019-2020).
Como parte de este proceso penal también se investigaban las masacres de El Pedregal, Sacaba y Senkata con saldo de 38 muertos, cientos de heridos y miles de apresados y torturados ilegalmente, según la parte acusadora.
Un documento de la Fiscalía, publicado en abril de 2023, sostenía que existían suficientes indicios de que Camacho era autor de los delitos de “financiamiento al terrorismo, cohecho activo, seducción de tropa, instigación pública a delinquir y asociación delictuosa, tipificados y sancionados en los artículos 133 bis, 158, 127, 130 y 132 del Código Penal”.
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