La jueza federal María Antongiorgi Jordán emitió la orden luego que la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) presentara más temprano el martes una petición urgente de habeas corpus.
“Como este distrito ha sostenido repetidamente en casos recientes, las personas no ciudadanas (estadounidenses) que están detenidas bajo la Sección 1226(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad tienen derecho a una vista de fianza ante un ente decisional neutral”, subrayó la jueza federal.
La determinación dispone que el gobierno estadounidense debe celebrar una vista de fianza ante un juez de inmigración no más tarde del 25 de febrero de 2026, de lo contrario se debe proceder con la liberación inmediata de Paula, detenido por agentes federales el 14 de febrero de 2026 en el sector capitalino de Puerto Nuevo, pese a contar con un proceso migratorio avanzado y aprobado.
“La orden de la jueza Antongiorgi, junto a otras recientes de jueces federales del Distrito de Puerto Rico, es indispensable para continuar llevando el mensaje de que las personas inmigrantes tienen derecho a un debido proceso y que sus derechos no pueden ser violentados”, sostuvo el abogado Fermín Arraiza Navas.
El letrado, director legal de la ACLU de Puerto Rico, destacó la ilegalidad del proceder desde el día uno de la implementación de las políticas discriminatorias de la administración de Donald Trump.
La petición sostiene que la detención de Paula carece de una base legal, viola garantías constitucionales de debido proceso y ocurre en un contexto en el que existe una amenaza inminente de traslado al territorio continental de Estados Unidos, lo que limitaría su acceso efectivo a representación legal y a su familia.
Con relación a los traslados de personas inmigrantes detenidos en Puerto Rico, la jueza federal otorgó a las agencias federales de inmigración hasta el 27 de febrero de 2026 para explicar el porqué no se les debe sancionar, “a la luz de los numerosos casos recientes de este distrito en los que los demandados han intentado repetidamente deportaciones discrecionales sin conceder una audiencia de fianza».
La organización explicó que Paula está casado con una ciudadana estadounidense y es padre de una menor ciudadana estadounidense. El recurso indica, además, que ha vivido de forma continua en Estados Unidos desde el año 2000 y que su caso migratorio incluye una Petición de Familiar Extranjero (I-130) aprobada y una dispensa provisional por presencia ilegal (I-601A) aprobada, pasos que reflejan cumplimiento con los mecanismos establecidos por ley, que requieren el pago de aranceles al propio gobierno federal.
Advirtió que el traslado de personas detenidas desde Puerto Rico hacia centros en Estados Unidos donde se han documentado condiciones infrahumanas de confinamiento puede traducirse en daños irreparables.
Junto a la ACLU, forman parte de este recurso la Clínica de Asistencia Legal de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico y la Clínica de Inmigración de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico.
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