El CNJ, órgano de control disciplinario del Poder Judicial brasileño, abrió el procedimiento para esclarecer la decisión adoptada por la Novena Cámara Criminal del Tribunal de Justicia del estado (TJMG), que revocó una sentencia por violación de persona vulnerable.
Ante ese hecho, que ha generado indignación y críticas en el país, el corregidor nacional de Justicia, Mauro Campbell Marques, ordenó la apertura de un Pedido de Providencias y concedió un plazo de cinco días para que el tribunal y el magistrado relator Magid Nauef Láuar presenten los fundamentos del fallo.
Los hechos ocurrieron en 2024 en el municipio de Indianópolis, Minas Gerais, en el sudeste de Brasil, cuando el hombre, entonces con 35 años de edad, fue detenido en flagrancia y admitió en una sede policial que mantenía relaciones sexuales con la menor, quien tenía 12 años y convivía con él con autorización de su madre.
En noviembre de 2025, el Primer Juzgado Penal y de Menores del Distrito de Araguari sentenció al detenido a nueve años y cuatro meses de prisión por violación de persona vulnerable, en tanto la madre de la niña también fue condenada por omisión, según informó el portal G1.
Sin embargo, este mes, la Novena Cámara Criminal del TJMG revocó la sentencia, pues el relator consideró que existía un “vínculo afectivo consensual” entre el adulto y la menor, con conocimiento de la familia, y sostuvo que las “peculiaridades” del caso impedían la aplicación automática de precedentes obligatorios.
De acuerdo con la legislación penal brasileña, toda relación sexual con menores de 14 años constituye violación de persona vulnerable, independientemente de consentimiento, experiencia previa o relación afectiva, porque se establece una presunción absoluta de vulnerabilidad para ese grupo etario.
El Ministerio Público de Minas Gerais anunció que presentará el recurso correspondiente para restablecer la condena y afirmó que la protección integral de niños y adolescentes no puede relativizarse por supuesta anuencia familiar.
Ante la absolución, que generó fuerte repercusión política y social, el Ministerio de Derechos Humanos y Ciudadanía recordó que la Constitución y el Estatuto del Niño y del Adolescente consagran la protección integral de la infancia y que el Estado debe impedir cualquier interpretación que fragilice esos derechos.
Si el Consejo Nacional de Justicia identifica indicios de falta disciplinaria, el magistrado podrá enfrentar un proceso administrativo y eventuales sanciones previstas en la Ley Orgánica de la Magistratura, que incluyen advertencia, censura, remoción o jubilación obligatoria.
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