El mandatario firmó este viernes el decreto que establece la restricción de movilidad entre las 23:00 y las 05:00 (hora local) entre el 15 y el 30 de marzo en Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas, como parte de las acciones para enfrentar a organizaciones criminales.
El toque de queda implica la prohibición de circular durante ese horario, salvo para personal de servicios esenciales como salud, Fuerzas Armadas, Policía Nacional, entidades de seguridad complementaria y organismos de gestión de riesgos.
Según el Ejecutivo, limitar la movilidad nocturna reducirá la exposición de la población civil a escenarios de violencia armada y facilitará los operativos de seguridad, que se realizarán conjuntamente con fuerzas estadounidenses.
Poco antes de la publicación del decreto, la Corte Constitucional validó la renovación del estado de excepción dispuesto por Noboa el 28 de febrero pasado.
Por tanto, además de las provincias con toque de queda, el estado de excepción abarca los territorios de Manabí, Santa Elena, Pichincha, Esmeraldas, Sucumbíos y los cantones La Maná, Las Naves y Echandía, aunque en estas zonas no se aplicará restricción de movilidad nocturna.
El ministro del Interior, Jhon Reimberg, señaló previamente que la selección de provincias responde a su alto nivel de criminalidad y no descarta que otras jurisdicciones puedan ser incluidas posteriormente.
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