El texto fue precedido inicialmente por una Convención Ciudadana, convocada a iniciativa del presidente Emmanuel Macron, y luego por numerosos debates y modificaciones parlamentarias.
Para Macron, se trata del fin de “un debate democrático ejemplar”, cuando fueron necesarias varias modificaciones y aprobaciones legislativas, destaca el canal de televisión France 24.
Un veredicto del Consejo Constitucional esta jornada pareció despejar el camino para la aplicación de una ley con años de discusión en el parlamento y el gobierno de Francia.
Como tal la ley sobre el final de la vida crea un derecho a recibir ayuda para morir, bajo determinadas condiciones, para ciertos pacientes. Les permite administrarse ellos mismos un producto letal en presencia de un profesional sanitario.
Únicamente si el paciente no puede realizar físicamente el acto, el profesional sanitario podrá hacerlo en su lugar.
Para ello, deben cumplirse simultáneamente varias condiciones, pues el paciente debe ser mayor de edad; ser francés o residente de larga duración; padecer una enfermedad “grave e incurable”, en fase terminal o “avanzada”; y sufrir físicamente de manera insoportable.
Además, el paciente debe ser capaz de expresar una decisión libre e informada hasta el último momento.
El procedimiento es dirigido por un único médico, pero que requiere consultar a otros profesionales, y deberá determinar si el paciente reúne o no las condiciones para acceder a la ayuda para morir.
Aún así el Consejo Constitucional expuso tres reservas, para evitar el rechazo de la ley. Una referida a la cláusula de conciencia, que permite a un profesional sanitario negarse a participar en el procedimiento que conduce a la muerte.
El consejo validó el principio de que esta cláusula no se aplique únicamente a un profesional individual, sino que rija a escala de todo un establecimiento sanitario.
Una segunda reserva afirma que la citada cláusula no se limita a los profesionales negados a participar directamente en el acto, sino también a un farmacéutico renuente a preparar el producto letal.
La tercera reserva se refiere a pacientes sometidos a curatela o tutela jurídica. Si uno de ellos solicita ayuda para morir, el médico deberá “tener en cuenta” la opinión de su tutor.
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