La decisión responde a una solicitud de la Abogacía General de la Unión (AGU), presentada después de que el Ejecutivo decretara ayer la actualización de los beneficios a partir de octubre.
Mendes sostuvo que la medida, que comprende un incremento de 15 por ciento, constituye una recomposición de la inflación acumulada, calculada mediante la variación del Índice Nacional de Precios al Consumidor entre marzo de 2023 y agosto de 2026.
Según el ministro del STF, el decreto no crea un nuevo beneficio, no modifica los criterios de elegibilidad ni amplía el universo de familias atendidas por el programa.
Por esa razón, consideró que no resulta aplicable la prohibición establecida en el artículo 73, inciso 10, de la Ley de las Elecciones, que restringe la distribución gratuita de bienes, valores o beneficios por parte de la administración pública durante años electorales.
Con el reajuste se elevará a partir de octubre el beneficio mínimo garantizado de 600 a 691 reales (unos 137 dólares), mientras el promedio mensual pasará de 675 a 777 reales (unos 154 dólares), de acuerdo con las cifras divulgadas por el Gobierno.
Mendes vinculó además la actualización con una decisión previa del propio STF sobre la implementación progresiva de la renta básica de ciudadanía para personas en situación de pobreza y extrema pobreza.
En junio de 2024, el magistrado había considerado al Bolsa Familia como una etapa de ese proceso y reconoció la posibilidad de actualización periódica de sus valores.
La controversia adquirió ahora relevancia electoral debido a la proximidad de los comicios generales, en los cuales Lula buscará un cuarto mandato y cuya primera vuelta será el 4 de octubre.
El candidato presidencial Renan Santos, del partido Missão, solicitó al Tribunal Superior Electoral suspender el reajuste bajo el argumento de que tendría finalidad de influir en las urnas, un pedido que todavía no ha sido analizado por esa corte.
El episodio también reavivó las comparaciones con 2022, cuando el entonces presidente Jair Bolsonaro amplió Auxilio Brasil –nombre que tenía el programa en aquel momento- de 400 a 600 reales.
Sin embargo, diversas fuentes subrayan diferencias entre aquella medida y la actual del Gobierno de Lula.
En 2022, la Emenda Constitucional 123 creó un estado de emergencia y permitió ampliar temporalmente beneficios, pero el STF declaró luego inconstitucionales partes de esa norma.
Con respecto al caso actual, el Gobierno sostiene que no se trata de una ampliación excepcional, sino de la actualización por inflación de un programa permanente, prevista en la legislación de 2023.
dfm/mar













