La corte dictó una sanción de seis años y tres meses en un establecimiento de reclusión especial contra el exoficial por 24 casos en los que 38 personas fueron asesinadas y presentadas falsamente como bajas en combate como parte de las acciones ejecutadas contra grupos armados a comienzos de este siglo.
Entre las víctimas se documentaron casos de desaparición forzada y tortura en la época en la que Figueroa comandó el Batallón ‘La Popa’ entre el 7 de enero de 2004 y el 9 de julio de 2005.
La sentencia incorpora 11 obligaciones restaurativas, entre ellas, dignificar públicamente el buen nombre de las víctimas, aportar información para la búsqueda de personas desaparecidas y realizar acciones de memoria en los territorios afectados.
El fallo también ordena medidas a entidades estatales para facilitar el acceso a la reparación material, revocar las condecoraciones otorgadas al compareciente por resultados operacionales y realizar un acto público de petición de perdón a nombre de las Fuerzas Militares.
Incluye, además, acciones de reparación, restauración, memoria y dignificación para los pueblos indígenas Wiwa y Kankuamo, por los daños individuales y colectivos, culturales y espirituales ocasionados a sus integrantes y comunidades.
Los sucesos a los que alude la JEP ocurrieron fundamentalmente en el departamento de Valledupar, en el norte de Colombia.
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