Colombia: Exguerrilleros cumplirán ocho años de obras restaurativas

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Bogotá, 16 sep (Prensa Latina) La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) les impuso hoy ocho años de Sanción Propia, que cumplirán con proyectos restaurativos, al último secretariado de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) por el delito de secuestro.

El fallo alude a Rodrigo Londoño, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Milton de Jesús Toncel, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo y Rodrigo Granda, quienes en junio de 2022 asumieron públicamente frente a ese tribunal, a las víctimas y al país su responsabilidad en los referidos sucesos.

La Sección de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz presentó durante esta jornada la sentencia en la que quedaron definidas las sanciones impuestas a los comparecientes luego de que dejaron las armas, aportaron verdad, aceptaron los crímenes imputados y tras verificar que han mantenido su compromiso con la no repetición.

De acuerdo con la JEP, la política de secuestros dejó al menos 21 mil 396 hechos victimizantes en el país entre 1993 y 2016.

Por los delitos asociados con la privación de personas, la corte les impuso ocho años de Sanción Propia, que deberán cumplir a través de proyectos restaurativos, incluidos aquellos de búsqueda de personas dadas por desaparecidas, actos de memoria y reparación simbólica, recuperación ambiental y desminado humanitario.

Los máximos responsables contarán con las garantías necesarias para cumplir el componente restaurativo de la sanción en condiciones dignas y seguras, como sucede con cualquier procesado en la justicia colombiana, aseveró el órgano judicial.

Sin embargo, acotó que no recibirán salario alguno por los Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador en los que participarán como parte de su sanción.

Durante el cumplimiento de las Sanciones Propias, los comparecientes de las antiguas FARC-EP también deberán someterse al componente retributivo, que implica restricciones efectivas de derechos como la libertad de residencia y de movimiento.

Estarán sujetos a un régimen de supervisión permanente de la JEP, portarán un dispositivo electrónico que permitirá al Tribunal para la Paz verificar en tiempo real su ubicación y actividades, deberán permanecer en un espacio geográfico determinado —que no implica cárcel— y cumplir con horarios y tareas específicas, según se desprende del fallo.

Con el cumplimiento de la sentencia impuesta por la JEP se extinguen las penas y responsabilidades penales ordinarias de estos comparecientes por los mismos hechos.

El tribunal enfatizó no obstante que el incumplimiento de la Sanción Propia o del régimen de condicionalidad puede derivar en la pérdida de los beneficios otorgados.

La JEP, que investiga más de 250 mil crímenes ocurridos en el marco del conflicto armado, conforma el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición creado por el Acuerdo de Paz de 2016, junto con la Comisión de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas.

jha/ifs

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