Según la medida, a partir de la fecha, los nacionales de la República de Cuba con pasaportes ordinarios pasarán de la categoría migratoria “A”, exentos de visa, a la categoría “C”, correspondiente a visa consultada sin costo.
La disposición instruye al Ministerio de Relaciones Exteriores a informar oficialmente a la representación consular de Cuba en Nicaragua y a las sedes consulares nicaragüenses en el exterior, con el fin de garantizar la adecuada comunicación de la nueva normativa.
Asimismo, se orienta notificar al Instituto Nicaragüense de la Aeronáutica Civil, a las líneas aéreas y a los transportistas terrestres y marítimos, para asegurar la aplicación inmediata de la medida.
La Dirección General de Migración y Extranjería es la institución responsable de ejecutar las políticas migratorias del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, detalló la disposición oficial.
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