Ministro de Bolivia evade censura y sigue en el cargo

La Paz, 10 abr (Prensa Latina) Avanzada la madrugada de hoy, la Asamblea Legislativa Plurinacional rechazó la censura del ministro de Hidrocarburos de Bolivia, Mauricio Medinaceli, quien recibió el apoyo de 84 asambleístas, fue recriminado por 58 mientras que cinco se abstuvieron.

Tras la jornada iniciada en la mañana de este jueves, nueve legisladores no votaron al retirarse del hemiciclo.

Para la censura de Medinaceli por el escándalo del denominado “combustible basura” que mantiene en vilo al país desde el mes de enero, se requerían dos tercios de los votos, o sea, 111 de un total de 166, número de parlamentarios que componen la ALP (136 diputados y 30 senadores).

“No ha habido voto de confianza, tampoco ha habido censura, ha habido una mayoría simple”, afirmó al final de la jornada ordinaria el presidente de la ALP y vicemandatario del país, Édmand Lara.

Iniciada el 27 de febrero último y tras varios cuartos intermedios (recesos), la sesión se reanudó este miércoles por la tarde para interpelar al ministro.

Sin embargo, producto de la inasistencia de Medinaceli, se reinició el jueves a las 09:40 hora de Bolivia y tras un nuevo receso el pleno volvió al hemiciclo después del mediodía, esta vez con la presencia del interpelado, quien respondió a las preguntas de los legisladores.

La causa de la interpelación eran los contratos de compra de hidrocarburos con presunto sobreprecio, no la calidad del denominado “combustible basura”, sin embargo, durante el debate algunos legisladores incursionaron en este candente asunto, lo cual generó confusión.

Medinaceli respondió 15 preguntas y defendió la legalidad y necesidad de los contratos de importación de crudo, e igualmente aseguró que el proceso denunciado no provocó daño económico al Estado.

En sus intervenciones insistió en que nunca ha incurrido en corrupción.

Finalmente, tras más de una hora de debate sobre los dos tercios, Lara zanjó la controversia y señaló que se aplicaría lo establecido en la Constitución Política del Estado, respaldado por la Sentencia Constitucional 020/23.

“La censura debe regirse por el artículo 158 de la Constitución, es decir, por dos tercios del total de los miembros de la Asamblea”, indicó, y ese fue el criterio que prevaleció.

ro/jpm

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