Un comunicado de la institución del Poder Ciudadano señaló que esta persona se encontraba privado de libertad en el Centro Penitenciario Rodeo l, estado de Miranda (norte), y el 8 de mayo último se llevó a cabo la exhumación y posterior autopsia del cadáver.
Afirmó que esto lo realizó un equipo médico forense adscrito a la Dirección de Apoyo a la Investigación Penal del Ministerio Público, acompañados por el Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forenses, la Defensoría del Pueblo y familiares cercanos de Quero Navas, asistidos por su abogado de confianza.
El texto señaló que en los estudios correspondientes pudo evidenciarse “una data de muerte aproximada de 10 meses a un año”.
Detalló que la necropsia de ley, así como los estudios histológicos, toxicológicos y demás experticias complementarias, “permitieron dictaminar que el deceso se produjo por un tromboembolismo pulmonar”.
La Fiscalía subrayó que “no se evidenciaron lesiones traumáticas en el cadáver” y apuntó que en el desarrollo de parte de estas experticias se contó con el apoyo de establecimientos privados de salud del país.
Para la identificación y determinación de la identidad plena del occiso, el Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas, a solicitud del Ministerio Público y conforme a parámetros científicos y estadísticos internacionales, realizó una experticia genética.
Esta fue realizada sobre una muestra correspondiente a restos de tejido óseo (fémur) del cadáver, así como sobre una muestra biológica en sangre obtenida de la señora Carmen Teresa Navas, su madre fallecida recientemente.
Como resultado de esta experticia, remarcó, se obtuvo una filiación biológica con una probabilidad estadística estimada de 99,496 por ciento, lo cual “confirma que los restos exhumados corresponden al hijo biológico” de Teresa Navas.
Añadió que, en el contexto de la investigación penal, se recabaron múltiples elementos de convicción a través de inspecciones técnicas y fijaciones fotográficas a los lugares relacionados con el hecho, actas de entrevistas, levantamiento planimétrico, reconstrucción versada de los hechos, experticias de extracción de contenido de registros fílmicos, colección de historia clínica, entre otras.
Puntualizó que todas las diligencias de investigación del presente caso se desarrollaron de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal y los principios que rigen la investigación de muertes potencialmente ilícitas.
Finalmente, el Ministerio Público ratificó que, en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales, continuará velando por el respeto y garantía de los derechos humanos en las cárceles y demás establecimientos de reclusión del país.
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