En una carta enviada a la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), el canciller Mauro Vieira respondió a las conclusiones de la investigación estadounidense que propone imponer el gravamen a las importaciones brasileñas por supuestas deficiencias en la prohibición del ingreso de mercancías elaboradas bajo esas condiciones.
La recomendación del USTR forma parte de una propuesta que contempla un arancel adicional del 10 al 12,5 por ciento para 54 países.
El informe de la entidad norteamericana sostiene que Brasil no prohíbe ni aplica de manera efectiva restricciones a la importación de bienes producidos con trabajo forzoso, situación que, según refiere, perjudica o restringe el comercio.
Además, el USTR citó el sector ganadero brasileño al afirmar que el trabajo forzoso se utiliza en la producción de carne bovina y que ello habría afectado la competitividad de las exportaciones agrícolas estadounidenses en mercados internacionales, entre ellos el chino.
En el documento de respuesta, citado por varios medios locales, Vieira sostuvo que el gigante sudamericano adoptó uno de los regímenes jurídicos e institucionales más amplios para eliminar el trabajo forzoso y aseguró que las políticas del país no generan cargas ni restricciones al comercio estadounidense.
Afirmó que la conclusión del USTR es «incompleta y arbitraria», al no considerar las particularidades de la situación brasileña ni las pruebas presentadas durante la investigación sobre el funcionamiento de su sistema de inspección y cumplimiento de la legislación laboral.
También señaló que la evaluación estadounidense ignora las evidencias aportadas por Brasil para demostrar que su marco normativo y las acciones de fiscalización impiden de manera efectiva que productos elaborados con trabajo forzoso ingresen a los circuitos comerciales, tanto en el mercado interno como en las exportaciones.
Vieira advirtió además que medidas unilaterales como la recomendada por el USTR son incompatibles con el sistema multilateral de comercio y defendió que este tipo de diferencias deben resolverse mediante la cooperación internacional y los mecanismos formales de solución de controversias previstos en la Organización Mundial del Comercio.
mh/mar













