martes 19 de marzo de 2024
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Aparecen conjeturas sobre inhabilitación de expresidente panameño

Ciudad de Panamá, 14 feb ( Prensa Latina ) De cara a comicios generales de mayo próximo, diversas conjeturas giran hoy en torno al candidato presidencial y exmandatario panameño, Ricardo Martinelli (2009-2014), quien recibió asilo político por parte de Nicaragua.

Sobre el condenado en julio pasado a 10 años y seis meses de cárcel por blanqueo de capitales, medios informativos como los diarios La Estrella de Panamá y La Prensa coinciden en que se acatará lo que establece el articulo 180 de la Constitución de que no podrán ser elegidos como presidente o vicepresidente de la República las personas que tengan una condena por delito doloso de cinco años o más de prisión.

Esta es una prohibición del Derecho Constitucional, es decir, que no está sujeta a interpretación por algún funcionario. Solo debe aplicarse, tal como lo expresa la norma constitucional, precisan los rotativos.

El pasado viernes 9 de febrero quedó ejecutada la decisión unánime de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que no admitió entre otros, el recurso extraordinario de casación a favor del exgobernante.

Esto significa que a partir de esa fecha, el expresidente Martinelli ha quedado inhabilitado constitucionalmente para ser candidato presidencial y para ser candidato a diputado, por el Partido Realizando Metas (RM).

Ahora corresponde al Tribunal Electoral (TE)formalizar la inhabilitación, es decir, el Tribunal no la determina, sino que simplemente la reconoce.

Al respecto La Decana… alerta que a pesar de la norma, el Código Electoral plasma una ruta para inhabilitar a los candidatos, que no es tan automática como parece.

De acuerdo a comunicaciones emitidas por el TE, son los jueces administrativos electorales a quienes competente conocer de la inhabilitación de candidaturas y las apelaciones contra las decisiones de las organizaciones electorales que rechacen las postulaciones.

Para que esto ocurra, «alguien» o la Fiscalía Electoral deben presentar el recurso de forma presencial.

No obstante, la Fiscalía Electoral argumenta que el TE no puede desconocer la Constitución y que por derecho propio la nulidad de las postulaciones a puestos de elección popular se deben cumplir a raíz de la sentencia emitida contra Martinelli.

En este sentido, se distancia de cualquier acción que involucre su vinculación y pide al TE actuar de hecho obedeciendo el mandato constitucional.

La Prensa recuerda que la concesión de asilo político por parte de Nicaragua al expresidente Martinelli, quien permanece en la embajada de ese país en esta capital, constituye un evento que no solo tiene consecuencias sobre el posible cumplimiento de la condena penal por lavado de dinero en el caso New Business, sino que también afecta el ejercicio electoral del candidato.

También cita el Artículo XVIII de la Convención de Asilo Diplomático de 1954 que prohíbe al funcionario asilante practicar actos contrarios a la tranquilidad pública, ni intervenir en la política interna del Estado territorial.

Esto significa claramente que Martinelli no puede participar en el proceso electoral en curso, dado que esta convención “que se ha convertido en Derecho Consuetudinario para los países de la región latinoamericana” obliga a que el representante diplomático del gobierno de Nicaragua deba restringir su participación en la política interna de Panamá.

En todo caso, el multimillonario no puede ser candidato y no puede hacer campaña electoral, ni participar de forma presencial o virtual en eventos de ese tipo o dar su respaldo a terceros de forma pública, según las normas.

Para los informativos entonces queda claro que quién sí puede ser candidato presidencial y participar en eventos de campaña es su hasta entonces compañero de fórmula, el exministro de Seguridad, José Raúl Mulino, de hecho ya se anunció que asistirá al primer debate de los presidenciables el próximo 21 de febrero, en la Universidad de Panamá, aunque todo está a la espera de la formalización de inhabilitación constitucional y legal.

Para la consulta del 5 de mayo están convocadas tres millones cuatro mil 83 personas, según datos del Padrón Electoral Final.

Los panameños decidirán en las urnas al nuevo presidente y vicepresidente del país, 20 diputados al Parlamento Centroamericano y 71 diputados a la Asamblea Nacional.

Con el voto elegirán además a 81 alcaldes, 701 representantes de corregimiento y 11 concejales, todos con sus respectivos suplentes.

mem/ga

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