Publicado en el estatal Diario de CentroAmérica, el documento establece controles en la cadena de comercialización y define la coordinación con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) para su verificación.
Detalló que podrán optar al apoyo social temporal únicamente las personas individuales o jurídicas que importen diésel, gasolina superior o gasolina regular. Estas, acotó, siempre que estén registradas ante el MEM con anterioridad a la entrada en vigor de la ley, cuenten con licencia vigente y no estén suspendidas.
Además, la SAT generará un reporte semanal de operaciones con base en las facturas electrónicas y lo trasladará a la cartera encargada en los primeros tres días hábiles de cada semana.
A su vez, amplió, el MEM hará las gestiones presupuestarias y financieras que correspondan ante el Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin).
Luego de reclamos ante la subidas de precios de los combustibles desde febrero pasado, e incluso bloqueo de vías, el Legislativo aprobó la medida por tres meses o hasta que se agoten los recursos financieros y luego el 20 último el presidente Bernardo Arévalo loa validó.
Para este fin, el Minfin realizó una readecuación de dos mil 200 millones de quetzales (cerca de 288 millones de dólares).
El apoyo será de ocho quetzales (poco más de un dólar) por cada galón de diésel y cinco (65 centavos de dólar) por cada uno de gasolina súper o regular, y deberá reflejarse directamente en el precio final al consumidor.
Ese beneficio económico, según adelantó el propio mandatario, comenzará a aplicarse el cercano 1 de mayo, mientras que los precios de las gasolinas volvieron a repuntar, luego de leve baja días atrás.
Guatemala, en su condición importador neto de hidrocarburos, se encuentra expuesta a la alta volatilidad de los valores internacionales del petróleo.
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