Presidente de Colombia rechazó decisión del CNE sobre su campaña

Bogotá, 29 abr (Prensa Latina) El mandatario de Colombia, Gustavo Petro, rechazó hoy la confirmación por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE) de la sanción a su campaña presidencial de 2022.

“No aceptamos juicios administrativos anticonstitucionales y hechos por la oposición política y funcionarios sub júdices”, escribió el gobernante en su cuenta de la red social X.

El órgano electoral dejó hoy en firme la sanción a la campaña Petro Presidente con una votación de seis contra dos, con lo cual alegó haber resuelto los recursos interpuestos contra su decisión de que que el ejercicio proselitista del actual jefe de Estado violó los topes de campaña y recibió financiación prohibida.

La determinación fue originalmente divulgada en noviembre del pasado año y fue calificada en ese entonces por el dignatario como una prueba de que la entidad estaba supeditada a los intereses de la oposición.

El CNE impuso multas por un valor superior a los cinco mil millones de pesos (más de un millón 384 mil dólares al cambio actual) a los partidos Unión Patriótica (UP) y Colombia Humana (la colectividad política del jefe de Estado), así como al gerente de campaña, Ricardo Roa, a la tesorera Lucy Mogollón y a la auditora María Soto.

El motivo de la sanción, según alude el CNE, responde a la presunta recepción de recursos de orígenes no permitidos y a la violación de los topes establecidos para la financiación.

Tras el anuncio, el gobernante rechazó en términos muy firmes las imputaciones y afirmó que esa decisión no es más que la oposición multándolos.

“No hay exceso de topes. Los actos después de campañas no son de campaña, los apoyos de los sindicatos a nuestros partidos son iguales jurídicamente que las de las grandes empresas y banqueros a los partidos de la oposición. Si los sindicatos apoyan partidos son sobretopes; pero si son los banqueros, no”, denunció en su cuenta de la red social X.

Añadió que los pagos a los testigos electorales, a cuyo empleo tienen derecho los partidos y la ciudadanía, no constituyen gastos de campaña por lo que no se pueden contabilizar dentro del proceso.

ro/ifs

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