En vigor ley sobre energía nuclear en El Salvador

San Salvador, 28 jun (Prensa Latina) La Ley de Energía Nuclear entró hoy en vigor en El Salvador con el objetivo de regular las actividades relacionadas con instalaciones nucleares y radiactivas destinadas exclusivamente a usos pacíficos.

La normativa autoriza a personas naturales y jurídicas a desarrollar actividades vinculadas al ciclo de vida del combustible nuclear y establece el marco regulatorio para la selección de sitios, diseño, construcción, operación y desmantelamiento de instalaciones nucleares.

El transporte, la importación, la exportación y la disposición de materiales y sustancias radiactivas.

De acuerdo con la Asamblea Legislativa, la ley pretende regular las aplicaciones pacíficas de la tecnología nuclear para contribuir al desarrollo científico, económico y social del país.

Según la AL, la implementación de esta fuente energética garantizaría un suministro eléctrico sostenible, estabilizar los precios de la electricidad, reducir la dependencia de fuentes energéticas limitadas y vulnerables a las condiciones climáticas.

Unido al fortalecimiento de la seguridad energética y contribuir a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

La emisión de autorizaciones y licencias estará a cargo de la Dirección de Regulación de Energía Nuclear, dependencia de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas.

La legislación también dispuso la creación del Comité de Emergencia Nuclear, integrado por representantes de los ministerios de Medio Ambiente, Gobernación, Defensa Nacional, Relaciones Exteriores y Salud.

Asimismo está integrado por el Cuerpo de Bomberos, la Autoridad Salvadoreña del Agua, la Policía Nacional Civil, el Sistema Nacional de Protección Civil y la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas.

Por otro lado, la normativa mantiene un régimen de sanciones que contempla multas desde 10 mil dólares hasta el 10 por ciento del costo final de una instalación nuclear, la revocación de licencias y asumir la responsabilidad civil por daños ambientales o humanos de al menos 150 millones de dólares, con un complemento estatal de hasta 300 millones de dólares.

oda/tdd

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