Pretenden frenar llamadas telefónicas abusivas y fraudes en Brasil

Brasilia, 13 oct (Prensa Latina) El Gobierno brasileño publicó hoy una medida provisional que obliga a las operadoras a autenticar llamadas, identificar comunicaciones empresariales y bloquear usos abusivos para combatir fraudes telefónicos.

Publicada en el Diario Oficial de la Unión, la disposición establece nuevas reglas para las empresas de telecomunicaciones y busca frenar tanto las estafas como las llamadas masivas que afectan a los usuarios.

La Medida Provisional 1.396 determina que las operadoras deberán autenticar las llamadas originadas en sus redes y verificar esa validación antes de entregarlas al destinatario.

Aquellas comunicaciones que no superen el procedimiento podrán ser bloqueadas, conforme a la reglamentación de la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel). Otra novedad es la identificación de las llamadas realizadas por empresas, pues los usuarios podrán visualizar el nombre comercial de la organización responsable y su logotipo, cuando exista y esté registrado en la correspondiente base de datos.

También, la norma crea una base nacional centralizada de recursos de numeración telefónica, bajo supervisión de Anatel, que reunirá información sobre los titulares de los números y las empresas vinculadas a las comunicaciones.

Para combatir el uso abusivo del servicio, las operadoras deberán suspender durante 15 días la capacidad de realizar llamadas de los usuarios que incumplan los criterios establecidos.

Se considerará abusiva la realización, en un mismo día, de más de mil llamadas desde una línea o más de 10 mil sumando los accesos asociados a un mismo usuario, siempre que al menos el 85 por ciento sean comunicaciones cortas.

En esa categoría se incluyen las llamadas no completadas, las desviadas al buzón de voz y aquellas cuya duración no supere los seis segundos.

La medida contempla excepciones para organismos públicos y servicios de salud, seguridad pública y defensa civil cuando actúen en el ejercicio de sus funciones.

Anatel tendrá un plazo de 60 días para establecer las reglas necesarias para aplicar la disposición.

Algunas obligaciones, como el límite de llamadas por acceso, serán exigibles en un plazo de 30 días, mientras otras dependerán de la entrada en vigor de la reglamentación y de los períodos de implementación que determine el organismo.

El incumplimiento podrá acarrear sanciones previstas en la Ley General de Telecomunicaciones.

mem/dsa

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