El magistrado ordenó a la estatal Obras Sanitarias del Estado (OSE) que «no suscriba el contrato con el consorcio Aguas de Montevideo”, paralizando así las obras del proyecto Neptuno en Arazatí.
Según la medida cautelar, divulgada por la prensa, el juez argumentó que “hay bases como para suponer que puede estarse ante un proceso de privatización parcial del suministro público de agua potable”.
Añade que encontró indicios que podrían implicar la coyuntura de «o bien privilegiar el agua de mejor calidad para el consumo humano, o no hacerlo, en final para beneficio de intereses de empresas privadas”.
El juez cita el numeral tres del artículo 47 de la Constitución que dispone: “El servicio público de saneamiento y el servicio público de abastecimiento de agua para el consumo humano serán prestados exclusiva y directamente por personas jurídicas estatales”.
El pedido de la medida cautelar fue presentado por la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida y el colectivo Tucu-Tucu.
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