Mediante el acuerdo 538-2025 publicado en el Diario de Centro América, la cartera limitó los viajes a estos desde las 12:00, hora local, del miércoles 16 hasta las 24:00 del domingo 20, mientras exceptuó de la medida a aquellos que trasladan productos perecederos.
También, dejó fuera a los transportes de alimentos, bebidas, combustibles, equipo audiovisual para eventos autorizados y grúas.
Indicó que no requieren de algún tipo de permiso especial, sino solo deberán presentar la documentación que ampare el traslado de los productos correspondientes.
El Mincivi especificó que tanto empresas como transportistas podrán acceder al portal electrónico de su Dirección General para entregar la información relacionada con cada uno y obtener el Código QR respectivo a presentar a las autoridades reguladoras.
Los vehículos de carga pesada podrán circular únicamente del kilómetro 290 carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09-N.
Asimismo, del kilómetro 80 carretera CA-9 Sur-A a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-Sur-09 y al kilómetro 114 carretera CA-09-Sur, según la norma.
La Cuaresma y Semana Santa exponen aquí la fe, devoción y fervor únicos a través de la elaboración de alfombras, romerías, peregrinaciones y la degustación de platos típicos.
El número de viajeros se incrementa en la temporada para seguir los cortejos religiosos, especialmente en el centro histórico capitalino y en la colonial Antigua Guatemala, así como en busca de destinos de playas y otros.
El Instituto rector del turismo proyecta que tres millones de visitantes lleguen al país durante estas fechas, cinco por ciento sobre la cifra anterior.
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