Se trata de las tres primeras sentencias de fondo relacionadas con la responsabilidad civil extracontractual del Estado, explicó el Órgano Judicial en un comunicado emitido por la magistrada María Cristina Chen, quien fue la ponente del fallo y actual presidenta del Supremo.
El fallo no solo contempla indemnizaciones económicas, sino que también impone medidas de reparación ética y simbólica sin precedentes, como la construcción de monumentos y la petición de disculpas públicas por parte de la CSS.
En el informe, Chen explica que, de las 472 demandas instauradas contra el Estado, el 82 por ciento (387 procesos) ya ha alcanzado la etapa de fondo al mes de marzo de 2026.
El tribunal determinó que la sola ingesta de un medicamento defectuoso fabricado en el Laboratorio de Producción de Medicamentos de la CSS es suficiente para presumir un “daño moral de carácter objetivo”.
Bajo los criterios de las 100 Reglas de Brasilia sobre vulnerabilidad, la Sala aplicó una valoración probatoria flexible para reconocer la afectación emocional y fisiológica de los demandantes.
Más allá de lo económico, la sentencia ordena a la CSS la ejecución de acciones para restaurar la dignidad de las víctimas, como disculpas públicas.
Asimismo, ordena la construcción de un monumento y una placa conmemorativa con los nombres de todas las víctimas reconocidas en la sede de la Ciudad de la Salud, así como otra placa en las instalaciones donde funcionaba el Laboratorio de Producción de Medicamentos.
La CSS también deberá incluir en su portal web una sección exclusiva para los casos de dietilenglicol que incluya un mapa interactivo por provincia, permitiendo a cada paciente conocer el estado procesal de su demanda.
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