En un comunicado, la Fundación expresó que la decisión del Supremo constituye un avance fundamental e histórico para las víctimas, sus familias y organizaciones que durante décadas mantuvieron viva la exigencia de verdad y justicia frente a los graves crímenes cometidos durante el conflicto armado.
La Corte, continúa el texto, declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por las defensas de los exmilitares y, al dejar firme la condena, marca un paso decisivo en el largo camino hacia la verdad, la justicia y la reparación.
Tal decisión representa una reafirmación de que los graves crímenes no pueden quedar indefinidamente amparados por la impunidad y que el paso del tiempo no elimina el derecho de las víctimas y sus familias a conocer la verdad y obtener justicia, aseveró la Fundación.
Recibimos esta resolución con profunda satisfacción y con la convicción de que la justicia, cuando se coloca al servicio de la verdad y de los derechos de las víctimas, contribuye a construir un país en el que los graves crímenes del pasado no encuentren refugio en la impunidad.
La verdad y la justicia siguen pendientes luego de cuatro décadas y este precedente no puede ser una coartada para cerrar el pasado sino que debe abrir camino a una justicia transicional que enfrente la impunidad, garantice los derechos de las víctimas y obligue al Estado a asumir sus responsabilidades, subrayó.
Anteriormente, tras la apelación de la defensa (mayo de 2026) la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla, en La Libertad, confirmó la pena impuesta al comandante general de la cuarta brigada de infantería, el coronel Mario Adalberto Reyes, el general José Guillermo García y el coronel Francisco Antonio Morán.
Koos Jacobus Andries Koster, Jan Cornelius Kuiper Joop, Hans Lodewijk Ter Laag y Johannes Jan Wilemsen fueron asesinados en el lugar conocido como La Lomona, de Santa Rita, Chalatenango, cuando se dirigían a filmar un documental sobre el conflicto en El Salvador.
Se trata del primer caso de crimen de guerra apelado y ratificado por una Cámara, y en llegar a la casación en la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia.
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