Una resolución del TC declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por el 25 por ciento de los 130 congresistas contra una ley aprobada por el Parlamento que autorizó el llamado gobierno remoto para que la presidenta Dina Boluarte pueda viajar al exterior.
El TC argumentó que “la ley impugnada se ha limitado a habilitar la posibilidad de que, cuando el presidente viaje al exterior, autorizado por el Congreso y no cuente con vicepresidentes, mantenga, en ese supuesto excepcional, la gestión del despacho presidencial”.
Agrega que en los últimos años hubo un intenso desarrollo de tecnologías y plataformas telemáticas diseñadas para la interacción remota en una sala virtual común, en las que se puede debatir, compartir reflexiones y documentos y, eventualmente, grabar el contenido parcial o total de lo tratado.
También alega que la Constitución de 1993 no previó la posibilidad de que no haya vicepresidente al que se le pueda encargar el despacho.
Tal es el caso de Boluarte, quien era la única vicepresidenta del mandatario Pedro Castillo, a quien reemplazó por sucesión, sin tener quien se encargue del despacho presidencial.
oda/mrs