El pleno debate una acción del Partido Socialista Brasileño (PSB) que cuestiona la ley de 2022.
La norma establece como condición para los procedimientos que la persona debe tener al menos 21 años o dos hijos vivos, además de la plena capacidad civil (de cumplir de forma autónoma sus derechos y deberes como ciudadano).
El juicio se reanudó este miércoles con el voto del ministro Cristiano Zanin, quien había pedido en noviembre más tiempo para analizar el caso.
Zanin afirmó que la única limitante que le corresponde al Estado para la planificación familiar o reproductiva es la plena capacidad civil, mientras que otras exigencias violarían la Constitución federal.
El magistrado destacó que la planificación es una cuestión personal e implica la autodeterminación sobre el propio cuerpo.
Sostuvo que el Estado debe garantizar métodos anticonceptivos, pero sin interferir arbitrariamente en las elecciones individuales.
«El fundamento de evitar futuros arrepentimientos es incompatible, en mi comprensión, con los derechos fundamentales mencionados, pues desatiende la libre voluntad autónoma de la persona que simplemente no desea procrear o desea tener solo un hijo», argumentó.
Después del voto de Zanin, los ministros Kassio Nunes Marques y Flávio Dino hicieron ajustar sus pareceres.
Inicialmente, defendieron mantener la ley actual, que prevé 21 años para los procedimientos.
Antes del cierre de la sesión, el juez André Mendonça adelantó que se desviará de los votos presentados.
La edad actual para realizar la esterilización voluntaria fue fijada en 2023 por el Congreso Nacional. Antes, era necesario tener 25 años.
Otro cambio que afloró en ese momento fue el fin de la exigencia de autorización del cónyuge para realizar el procedimiento, además del permiso para que la ligadura se haga en las mujeres en el momento del parto, para evitar una nueva cirugía.
Para esto, es necesario que la mujer registre formalmente su voluntad de hacerse la intervención 60 días antes del alumbramiento.
A pesar de estos cambios, el PSB todavía critica la competencia del Estado para imponer restricciones, como edad o cantidad de hijos, al proceso voluntario de esterilización.
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