La exigencia del tribunal coincide con la admisión de un recurso legal que pide “frenar operaciones aéreas ofensivas sobre objetivos respecto de los cuales exista información cierta, objetiva o razonable acerca de la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados”.
La decisión tiene carácter provisional mientras se estudian los argumentos de la tutela, y no implica la cancelación de la totalidad de los operativos militares sino solo de aquellos donde los derechos de los menores puedan resultar vulnerados.
De acuerdo con el dictamen del juzgado, la Constitución establece la prevalencia de los derechos de la niñez y remarcó cómo, en contextos de conflicto armado, el Estado tiene obligaciones especiales de protección.
Según apuntó, cuando se posean indicios sobre la probable presencia de un menor, las autoridades deberán adoptar y verificar medidas de precaución y protección, además de determinar, con base en la información disponible y los protocolos operacionales aplicables, que no existe una alternativa menos lesiva para alcanzar el objetivo militar.
La decisión se difunde después de que el Ministerio de Defensa de Colombia confirmó, a principios de esta semana, que tres menores murieron como resultado de un bombardeo ejecutado por el Ejército Nacional contra un grupo armado en el departamento de Guaviare, en el centro-este.
De acuerdo con la cartera, la acción se diseñó para golpear la estructura del Bloque Jorge Suárez Briceño, una facción bajo el mando de alias ‘Calarcá’, en una zona rural conocida como El Retorno.
La entidad ministerial confirmó que “tres de los integrantes muertos eran menores de edad”.
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