Supremo deja en suspenso ley de nietos de España

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Madrid, 8 sep (Prensa Latina) El Tribunal Supremo de España dejó desde hoy en suspenso las altas incorporadas al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), al poner en cuestión la llamada ley de nietos.

El dictamen del Supremo subraya que será aplicada hasta tanto los respectivos consulados acrediten que los nacionalizados españoles cumplen con la condición de ser descendientes.

Una medida cautelar adoptada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo a partir de la solicitud de Iustitia Europa y la ultraderecha de Vox en recursos presentados contra el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC), del pasado 16 de julio.

Ante la iniciativa, el Gobierno nacional indicó que no comparte la decisión del Tribunal Supremo acerca de los Residentes Ausentes que consiguieron la nacionalidad a través de la denominada ‘ley de nietos’.

«No compartimos esta decisión contraria al criterio del Gobierno y también al de la Junta Electoral Central. Confiamos en la imparcialidad de la justicia en el Estado de Derecho», aseguró la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz.

La alta instancia jurídica establece que las nuevas inscripciones afectadas quedarán suspendidas una vez finalizada su tramitación y que estas medidas permanecerán vigentes hasta que se dicte sentencia en el procedimiento.

El asunto abarca muchos matices, pues al amparo de la Ley de Memoria Democrática de 2022, hijos y nietos de españoles de origen pueden optar a la nacionalidad bajo una serie de requisitos como haber nacido fuera de España; el padre, madre, abuelo o abuela fueran originariamente españoles y hubieran sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación sexual.

Luego se añadió una instrucción más amplia, según la cual se presumirá la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron entre 1936 y 1955.

El Supremo subrayó que «no regirá la suspensión para las personas a las cuales los encargados de los registros consulares expidan certificación acreditativa de su condición de nacidos fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente fueran españoles, y que hubieran sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, o de creencia o de orientación de identidad sexual (…)”.

De acuerdo con registros oficiales, 2,4 millones de descendientes solicitaron la nacionalidad española a través de esta vía, de los cuales 544 mil 722 la tienen aprobada y 306 mil están ya inscritos como españoles.

nmr/ft

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