El juez Franny González Castillo, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, acogió la solicitud de una parte querellante y modificó la calificación jurídica de los hechos ocurridos el 8 de abril de 2025, que inicialmente eran considerados homicidios involuntarios.
Durante la lectura de su decisión, el magistrado sostuvo que existían advertencias previas y que el suceso podía haberse evitado, argumentos que fundamentaron el cambio de tipificación.
La decisión se produce en el marco del proceso contra los hermanos Espaillat, vinculados a la administración del establecimiento nocturno, cuyo techo se desplomó mientras se celebraba una fiesta amenizada por el merenguero Rubby Pérez, quien también falleció en el siniestro.
El caso provocó una profunda conmoción en República Dominicana por la magnitud de las pérdidas humanas y lesionados, y abrió interrogantes sobre las condiciones de seguridad de la instalación y las posibles responsabilidades penales derivadas de la tragedia.
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