Perú: Juez ordena prisión preventiva de exministra asilada por México

Lima, 21 nov (Prensa Latina) Un juez ordenó hoy la prisión preventiva de la ex primera ministra Betssy Chávez, asilada en la Embajada de México desde hace 17 días, sin que el gobierno le otorgue salvoconducto para viajar a ese país.

La medida se dictó em el tramo final del juicio en el que Chávez es acusada de cómplice del expresidente encarcelado, Pedro Castillo, en el delito de rebelión o conspiración, presuntamente cometido al intentar disolver al Parlamento conservador de oposición.

En su alegato de defensa final, hoy, Castillo declaró subrayó que ni Chávez ni sus demás ministros estaban al tanto de su decisión de decretar la disolución del Paralamento, el 22 de diciembre de 2022, sin lograr su objetivo porque le negaron apoyo militares y policías.

Añadió que tomó la decisión personal porque en la madrugada de aquel 22 de mayo fue advertido de que la oposición tenía los votos de congresistas necesario para destituirlo, lo cual habían intentado dos veces sus detractores que antes, tras si victoria electoral, quisieron anularla alegando un fraude nunca demostrado.

El juez de la Corte Suprema Juan Carlos Checkley revocó la libertad condicional que tenía la exministra y dispuso la prisión preventiva por cinco meses pese a que se encuenttra asilada por México, medida ante la cual Perú rompió las relaciones bilaterales.

La medida fue adoptada horas después de que el primer ministro, Ernesto Álvarez, descartó rotundamente la posibilidad de que, en ningún caso, habrá un asalto a la sede diplomática para detener a Chávez, como hizo al gobierno de Ecuador en la Embajada de México para apresar al ex vicepresidente Jorge Glas.

También dijo que su gobierno no permitirá que Chávez deje el país sin que la Cancillería peruana lo autorice y tampoco tiene un plazo previsto para una consulta gubernamental a países de la Organización de Estados Americanos (OEA) sobre una eventual modificación de la Convención de Asilo que comparten diversas naciones de la región.

Según opiniones jurídicas mayoritarias, la citada citada convención y la contitución peruana determinan que el país asilante decide en cada caso si amerita otorgar el asilo y el país requerido debe otorgar salvoconducto al asilado para que viaje al país que le concedió la protección, sin necesidad de que este de explicaciones.

Tal precisión se estableció despues del caso del dirigente socialdemíocrata Víctor Haya de la Torre, pasó más de cinco años asilado en la casa del embajador de Colombia porque el gobierno de entonces se negaba a otorgarle el salvonducto alegando que había incurrido en delitos.

Sin embargo, la Cancillería peruana sostiene que el asilo no debería ser otorgado a casos como el de Chávez.

mem/mrs

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