La decisión se produjo durante una audiencia en el Tribunal de Distrito de Estados Unidos en Puerto Rico, donde se evaluó una moción para levantar la paralización automática y permitir que una demanda en el foro estatal continuara.
El abogado de los demandantes, Raúl Mariani Franco, reiteró que el cargo responde a una “deuda previa a la quiebra” que debe atenderse dentro del proceso de Título III y no mediante un cobro en la factura eléctrica.
La Junta de Supervisión Fiscal, impuesta al gobierno puertorriqueño por Washington, defendió junto a la AEE y el Sistema de Retiro la validez del cobro por ser parte de los ingresos de la corporación pública para garantizar el pago de pensiones en medio del proceso de quiebra.
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