El tribunal declaró inadmisible la medida aprobada por una instancia menor que concedió la medida solicitada en octubre de 2024 por el Ministerio Público.
La Corte Suprema argumentó que la prisión preventiva solicitada carece de fundamentos válidos y no cumple los requisitos establecidos por el Código Penal.
Lilia Paredes ha sido incluida en un prolongado proceso de investigación por cargos de presunta corrupción en el pequeño municipio de Anguía, de la norandina región de Cajamarca y que tiene 542 habitantes.
La prisión preventiva anulada era inviable porque la ex primera dama se encuentra en México, amparada por el asilo que le otorgó el gobierno de ese país tras la destitución y prisión de Pedro Castillo, en diciembre de 2022, tras el fracasado anuncio del entonces presidente de disolución del Parlamento y otras medidas.
Entretanto, el expresidente volvió a proclamar su inocencia en una nueva audiencia del juicio en su contra por el delito de rebelión, en el que comparte el banquillo con ex integrantes de su breve administración.
Al inicio del juicio, cuando la corte le pidió que diga sus datos personales, algo usual en los juicios, el acusado denunció ser víctima de persecución política.
Dijo que “nunca se cerró el Congreso y nunca las demás instituciones”, cuya intervención anunció el 22 de diciembre de 2022, por lo cual, según dijo, lo acusa la Fiscalía ante la inconsistencia de la imputación inicial de rebelión.
Los defensores de Castillo y juristas ajenos a él argumentan que el Código Penal describe el delito de rebelión alzamiento colectivo armado, lo que no ocurrió en aquella oportunidad.
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