La norma ahora derogada establecía la prohibición del otorgamiento de nuevas concesiones mineras, contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, así como la expedición de nuevas licencias, permisos o autorizaciones ambientales para este tipo de actividades dentro del territorio de la referida ecoregión.
El objetivo del decreto era blindar la protección de más del 80 por ciento de la cobertura boscosa del Bioma Amazónico, por medio de la aplicación de principios de precaución y prevención frente a las actividades que puedan generar impactos acumulativos sobre ese ecosistema.
En su esencia, la normativa buscaba contribuir a evitar que la Amazonía alcance un punto crítico de no retorno, escenario en el que podría perder progresivamente su capacidad de regeneración y desencadenar procesos irreversibles de degradación.
Para la revocatoria, el Ministerio de Ambiente del actual Gobierno alegó que la norma obvió la consulta previa correspondiente a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras de la región, que debían opinar sobre la referida declaratoria.
El Bioma Amazónico colombiano representa cerca del siete por ciento de la Amazonía y se extiende por 10 departamentos.
Comprende en su totalidad los departamentos de Caquetá, Putumayo, Amazonas, Guainía, Guaviare y Vaupés, y parcialmente Meta, Vichada, Cauca y Nariño.
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